Thursday, November 26, 2009

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Se Extiende Crédito de Primeros Compradores de Vivienda Hasta el 30 de abril de 2010; Algunos Dueños Actuales de Vivienda Ahora También Califican


IR-2009-108SP, 24 de noviembre, 2009

WASHINGTON –– Una nueva ley que tomó efecto el 6 de noviembre extiende el crédito para primeros compradores de vivienda por cinco meses y expande los requisitos de elegibilidad para los compradores.

El Acta de Asistencia a Trabajadores, Dueños de Vivienda, y Negocios del 2009 extiende la fecha límite para compras calificadas de vivienda del 30 de noviembre de 2009, hasta el 30 de abril de 2010. Además, si un comprador entra en un contrato obligatorio para el 30 de abril de 2010, el comprador tiene hasta el 30 de junio de 2010, para finalizar la compra.

El crédito máximo sigue constante en $8000 para un primer comprador de vivienda – es decir, un comprador que no ha sido dueño de una residencia principal durante los tres años hasta la fecha de compra.

Sin embargo la nueva ley también provee un crédito para “residentes de largo-tiempo” de hasta $6500 a otros que no califican como “primeros compradores de vivienda”. Para calificar de esta forma, un comprador tiene que haber sido dueño y utilizado la misma vivienda como una vivienda principal o primordial por al menos cinco años consecutivos del período de ocho años culminando en la fecha de compra de la nueva vivienda como su residencia principal.

Para todas las compras calificadas en el 2010, los contribuyentes tienen la opción de reclamar el crédito en su declaración de impuestos del 2009 o del 2010.

Una nueva versión del Formulario 5405, Crédito para Primer Comprador de Vivienda, estará disponible en las próximas semanas. Un contribuyente que compra una vivienda después del 6 de noviembre necesita usar la nueva versión del Formulario 5405 para reclamar el crédito. De igual forma, los contribuyentes que reclaman el crédito en su declaración de impuestos del 2009, independientemente de la fecha que compró la vivienda, deben utilizar la nueva versión del Formulario 5405. Contribuyentes reclamando el crédito en su declaración del 2009 no podrán presentar su declaración electrónicamente. Estos contribuyentes necesitarán presentar una declaración en papel.

Un contribuyente que compra una vivienda en o antes del 6 de noviembre y escoge reclamar el crédito en una declaración original o enmendada del 2008 puede continuar usando la versión actual del Formulario 5405.






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Esteban Martinez

Tax Office

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